Datos del Organismo

NOMBRE COMPLETO:

DIRECCIÓN DE AUDITORIA AGROALIMENTARIA

TIPO DE ADMINISTRACIÓN:

Centralizada

Acciones:

1.    Organizar en el ámbito de su competencia la ejecución descentralizada de acciones de fiscalización,  control,  y  regulación  con  otras  dependencias  de  la  Subsecretaría  y/u organismos provinciales, nacionales y municipales, promoviendo actuaciones interdisciplinarias y de conjunto, que permitan compartir información y datos de interés.
2.    Diseñar y convenir con los municipios métodos de monitoreo y control, implementando medidas de alerta y alarma alimentaria.
3.    Establecer sistemas de atención directa a las demandas de la comunidad y de organismos públicos y/o privados sobre peligros a la inocuidad y calidad agroalimentaria.
4.    Establecer y fiscalizar el cumplimiento de las normas edilicias, higiénico-sanitarias y bromatológicas relativas a la producción, elaboración, transporte, depósito, comercialización y expendio de productos y subproductos de origen animal con otros organismos con competencia en la materia.
5.    Asegurar el ejercicio del poder de policía sanitario animal con las demás autoridades de aplicación que la normativa vigente determine.
6.    Planificar y programar el desarrollo eficiente de las actividades complementarias de la tarea fiscalizadora, llevadas a cabo por los laboratorios del Ministerio de Desarrollo Agrario.
7.    Propiciar la uniformidad de criterios en la aplicación de las normativas vigentes.
8.    Diseñar, elaborar y programar juntamente con los organismos competentes, cursos de formación y capacitación para todos los inspectores encargados de la fiscalización y control higiénico-sanitario y bromatológico en que sea competente y ejerza el poder de policía.
9.    Brindar el servicio de inspección veterinaria a los establecimientos faenadores y procesadores de productos cárnicos, y extender las certificaciones sanitarias de tránsito correspondientes.
10.    Llevar el Registro Provincial de Médicos Veterinarios Bonaerenses, aprobando la acreditación de cada uno de ellos, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
11.    Rubricar los actos administrativos de inscripción y de baja del padrón del Registro Provincial de Médicos Veterinarios Bonaerenses.
12.    Realizar operativos de control en tránsito de animales en pie, materia prima, productos, subproductos y derivados de origen animal en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
13.    Proyectar y proponer la normativa que contribuya a una mejora de la fiscalización y control de lo que por competencia le corresponde.
14.    Fiscalizar y controlar las actividades de todo establecimiento donde se ejerza la medicina veterinaria estando comprendidos los consultorios, clínicas, hospitales o sanatorios con o sin internación de animales, laboratorios de diagnóstico veterinario, establecimientos de venta de animales de ornato y compañía, todo ello en el marco de la Ley Nº 10.526 y su normativa reglamentaria.
15.    Fiscalizar los establecimientos que tengan por actividad la crianza de animales mayores, menores y de granja, en coordinación con otros organismos nacionales involucrados.
16.    Relevar y procesar estadísticamente los datos resultantes de las acciones de fiscalización.
17.    Coordinar actividades para la implementación de sistemas de gestión de la calidad en el sector agroalimentario con otros organismos competentes, públicos y privados, nacionales, provinciales y municipales.
18.    Proponer y ejecutar programas de gestión, educación, comunicación, capacitación y asesoramiento en materia de inocuidad, seguridad, calidad y diferenciación en el ámbito de competencia de la Subsecretaría.
19.    Coordinar las actividades de educación, comunicación y capacitación con las diferentes dependencias de este Ministerio, y con organismos públicos y privados de orden municipal, provincial, nacional e internacional.
 

Autoridad en el cargo

NOMBRE COMPLETO:

COTTER , Guillermo

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BO:

15/08/2023

Información Institucional

FECHA DE CREACIÓN:

FUNDAMENTO NORMATIVO:

DECRETO 75/2020

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BO:

14/02/2020

NORMATIVA DE ESTRUCTURA: