NOMBRE COMPLETO:
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
Acciones:
1. Proponer, diseñar, coordinar y controlar las políticas de recursos informáticos que se implementen en las distintas dependencias, áreas y/o sectores de la jurisdicción y de acuerdo con los lineamientos establecidos en la materia por las autoridades, organismos y dependencias competentes.
2. Planificar la incorporación y renovación de recursos informáticos de la jurisdicción, coordinando controlar acciones, pautas y criterios con la dependencia provincial rectora en la materia y de acuerdo con la normativa vigente.
3. Planificar y organizar el manejo de las comunicaciones de datos que se establezca a través de la red interna, intranet provincial e Internet, con miras de lograr el óptimo funcionamiento del servicio, coordinando acciones con la repartición con injerencia en materia de comunicaciones.
4. Propiciar la elaboración y utilización de sistemas informáticos implicados en programas de optimización de procesos y procedimientos de gestión llevados a cabo por las diferentes áreas de la jurisdicción y la publicación en internet del contenido que sea oportuno, mediante el uso de hardware, software y recursos humanos adecuados, de conformidad con los lineamientos emanados por el Organismo Provincial rector en la materia.
5. Intervenir y supervisar los proyectos informáticos que se efectúen en la jurisdicción con recursos ajenos a la Dirección, incluso contratados a través de terceros, efectuando la guarda centralizada de documentación, código fuente y configuraciones de los contenidos de software.
6. Establecer normas para el desarrollo informático de la jurisdicción, asesorar ante la adquisición de nuevos equipos y/o sistemas informáticos, accesorios y/o software e intervenir en todas las etapas del trámite de acuerdo a las pautas emanadas del organismo provincial rector en la materia.
7. Establecer normas de seguridad para el resguardo de la integridad física y lógica de la información, bases de datos, infraestructuras de redes y equipamiento de acuerdo a las pautas emanadas por el organismo provincial rector en la materia.
8. Procurar un plan de contingencias para responder ante una eventual falla que obligue a suspender la operatoria normal de los sistemas críticos puntuales.
9. Generar y administrar un plan de sistematización, definir la plataforma tecnológica a utilizar y la política de aseguramiento de la calidad del software.
10. Organizar y brindar el servicio de asistencia técnica necesaria para el correcto funcionamiento de los recursos informáticos, equipos, redes y comunicaciones, software y aplicaciones.
11. Intervenir y colaborar en la implementación de los sistemas informáticos desarrollados por el Poder Ejecutivo, asesorando y asistiendo a los usuarios de la jurisdicción.
12. Promover la investigación y capacitación constante en el desarrollo de nuevas tecnologías en la materia a fin Intervenir en la elaboración de información de gestión obtenida a través del uso eficiente y eficaz de las tecnologías informáticas.
13. Proponer, supervisar y ejecutar acuerdos marco y eventualmente, revisar los existentes con instituciones reconocidas para dotar de mayor dinámica, eficacia y calidad a los sistemas de información.
14. Elaborar el presupuesto contabilizando los requerimientos informáticos del organismo central y las reparticiones descentralizadas, para la posterior remisión del proyecto definitivo.