Acciones:
1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica, económica y financiera, en el ámbito de la jurisdicción, asimismo lo referente a la supervisión y control de la deuda pública.
2. Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la jurisdicción y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables que correspondan.
3. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores asignados a las dependencias de la jurisdicción, como así también la rendición de los mismos.
4. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de la jurisdicción, como así también, organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.
5. Asegurar que las actividades y operaciones contables, financieras e impositivas se realicen de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contabilidad y su reglamentación o normas que las sustituyan y demás legislación específica.
6. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el debido control de la asistencia, confección y archivo de legajos y demás actividades vinculadas al tema.
7. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico-administrativo necesario, diligenciando las actividades propias de la mesa de entradas, salidas y archivo, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas y archivos de documentación, sistemas de información técnica, asignación de espacios, elaboración de mapas e índices de telefonía y todo lo relacionado con los procedimientos y diligenciamiento de los actos administrativos.
8. Centralizar la información y gestionar las actuaciones referidas a la contratación de los distintos seguros y otorgamiento de subsidios, indemnizaciones y becas que requieran las dependencias de la jurisdicción.
9. Efectuar el contralor de las erogaciones producidas por las distintas áreas de la jurisdicción, antes y después de efectuarse, y previo a la intervención de los demás organismos competentes en la materia.
10. Asegurar el debido apoyo en tiempo y forma a los requerimientos que, vinculados al uso y disponibilidad de los recursos humanos, económicos, financieros, materiales y servicios, formulen las distintas áreas y dependencias de la jurisdicción.
11. Entender en la implementación de acciones en materia de Salud y Seguridad laboral, teniendo en cuenta el Decreto N° 1.521/14 o norma que en futuro la reemplace.