NOMBRE COMPLETO:
DIRECCIÓN DELEGADA DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
Acciones:
1. Coordinar y mantener actualizada la información del Personal, y cumplimentar los requerimientos técnicos emanados por la Dirección Provincial de Personal.
2. Entender en la coordinación y dirección de las actividades vinculadas con la administración del personal asignado a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas, reglamentaciones y disposiciones determinadas para el sector y en un todo de acuerdo a las pautas emanadas del Organismo Central de Administración del Personal.
3. Planificar, implementar y ejecutar los procedimientos necesarios para el tratamiento y resolución de los temas laborales, y controlar el efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
4. Organizar y controlar las gestiones, trámites derivados de los temas laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal.
5. Programar e implementar los actos administrativos necesarios que permitan cumplir con lo dispuesto en el Estatuto del Empleado Público Provincial.
6. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes del personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los beneficios jubilatorios.
7. Ejecutar las acciones que hacen al ordenamiento de los planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera administrativa, concursos y anteproyectos de estructuras de acuerdo a las pautas fijadas y concertando criterios con los organismos rectores en la materia, y las relaciones en lo atinente a la capacitación del personal con las reparticiones del Ministerio y con el Organismo Central de Administración de Personal.
8. Garantizar la cobertura de riesgos del trabajo y servicio de higiene y medicina laboral en coordinación con las dependencias competentes en dicha materia.
9. Coordinar y supervisar el funcionamiento del Jardín Maternal destinado a los/as hijos/as de los/as agentes del Ministerio, de acuerdo a la normativa vigente, poniendo especial énfasis en su seguridad, higiene, hábitos educativos y alimentación.
10. Conformar, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades del equipo interdisciplinario, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la autoridad de aplicación en la Ley N° 14893 y artículo 11 del Decreto Reglamentario N° 121/2020, llevando el registro de los informes realizados por el equipo.