Acciones:
1. Determinar los objetivos, las estrategias de gestión y los mecanismos de control de gestión de la política provincial en materia de su competencia.
2. Definir e implementar los programas de gestión para el cumplimiento de los objetivos institucionales.
3. Promover el acceso al patrimonio histórico y a las actividades artístico-culturales a las y los habitantes de la provincia, en la totalidad de sus manifestaciones, atendiendo a la descentralización y distribución equitativa de los medios de producción cultural, favoreciendo la integración provincial.
4. Dirigir el funcionamiento de los organismos contemplados en la Ley N° 12.268 y del Archivo Histórico Provincial, museos y bibliotecas provinciales.
5. Consolidar el vínculo entre las producciones culturales y el desarrollo de las nuevas tecnologías.
6. Implementar acciones para garantizar el pleno funcionamiento de los distintos museos, en concordancia con las políticas de gestión en la materia.
7. Planificar, ejecutar y controlar la preservación de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio bonaerense, coordinando las acciones tendientes a tales fines e implementando los programas diseñados para la preservación de los inmuebles pertenecientes al Estado Provincial incluidos en el régimen de protección previsto por el Decreto Provincial N° 5.839/89.
8. Diseñar, desplegar e implementar un plan de ediciones culturales de la Provincia de Buenos Aires, dirigido a la promoción de los/as autores/as bonaerenses, de la literatura vinculada a la cultura provincial, así como a registros fonográficos y audiovisuales.
9. Promover la conservación, protección, estudio, investigación y difusión del patrimonio histórico y artístico-cultural.
10. Organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de actividades artístico-culturales en todo el territorio provincial.
11. Fomentar y estimular la investigación y producción de los valores artístico-culturales locales.
12. Celebrar convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas del orden municipal, provincial, nacional e internacional.
13. Facilitar y fortalecer los mecanismos de organización regional, en el ámbito de su competencia, garantizando la participación efectiva de los municipios e instituciones intermedias, en la implementación de programas culturales.
14. Atender la articulación de sus acciones específicas con las distintas áreas del gobierno provincial con competencias concurrentes, especialmente con las instituciones de educación formal y el turismo.
15. Implementar acciones específicas para el desarrollo de las distintas actividades artísticas, estableciendo programas de estímulo, premios, becas, subsidios y créditos para el fomento de las mismas.
16. Intervenir en la proyección de la producción cultural provincial en los ámbitos regional, nacional e internacional estimulando la labor de las entidades y organismos privados que desarrollen tales actividades en la Provincia.
17. Instrumentar las políticas adecuadas para la generación de recursos genuinos tendientes al desarrollo cultural.
18. Promover la regionalización y la descentralización de los servicios culturales provinciales, con los criterios establecidos en la normativa correspondiente.
19. Promover las realizaciones culturales juveniles, alternativas e innovadoras.
20. Diseñar y definir una perspectiva de género y diversidad que atraviese todas las acciones de la Subsecretaría en coordinación con los lineamientos establecidos desde el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual del Gobierno de la Provincia.