NOMBRE COMPLETO:
Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
http://www.loteria.gba.gov.arAcciones:
1. Proponer, diseñar y evaluar la política comercial del Instituto Provincial de Lotería y Casinos en lo referente a casinos e hipódromos.
2. Fiscalizar el desarrollo de los casinos y de la actividad hípica en el ámbito Provincial conforme a las políticas y normas vigentes.
3. Controlar y verificar el cumplimiento de los convenios suscriptos y sus reglamentaciones, relacionadas con los hipódromos y casinos.
4. Asegurar el efectivo funcionamiento de los Casinos, Hipódromos, canchas hípicas y agencias oficiales receptoras de apuestas relacionadas con las actividades hípicas, en Jurisdicción Provincial coordinando acciones, pautas y criterios con las áreas y reparticiones competentes e involucradas.
5. Realizar los estudios de la actividad de los casinos e hipódromos, a fin de desarrollar acciones tendientes a lograr la máxima rentabilidad posible de las explotaciones para el Instituto Provincial de Lotería y Casinos.
6. Elaborar y proponer un plan anual de actividades relacionadas con el funcionamiento de los casinos e hipódromos acorde a las orientaciones estratégicas y decisiones prioritarias.
7. Elaborar y proponer el anteproyecto de presupuesto anual de las áreas y dependencias que conforman la Dirección Provincial.
8. Monitorear el funcionamiento de los sistemas informáticos relacionados con hipódromos y casinos, propios y de terceros.
9. Proyectar y proponer las reglamentaciones específicas para facilitar la puesta en marcha y funcionamiento de los Hipódromos, canchas hípicas y agencias oficiales receptoras de apuestas en Jurisdicción Provincial las que serán aprobadas por el Presidente.
10. Coordinar actividades, pautas y criterios con entes públicos o privados (Nacionales, Provinciales, Municipales e Internacionales) vinculados con los casinos, la actividad hípica y agencias hípicas oficiales receptoras de apuestas.
11. Proponer el otorgamiento, modificación, suspensión o extinción de las concesiones para la explotación de Casinos en el ámbito Provincial en el marco de las normas pertinentes.
12. Proyectar las reglamentaciones específicas para facilitar la puesta en marcha y funcionamiento de los Casinos en Jurisdicción Provincial las que serán aprobadas por el Presidente.
13. Analizar y evaluar las denuncias, reclamos, consultas, pedidos, sugerencias, proponiendo acciones correctivas y efectuar el seguimiento de las soluciones practicadas, relacionadas en lo atinente a hipódromos y casinos.