NOMBRE COMPLETO:
Dirección Provincial de Proyectos Urbanos
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/opisuAcciones:
1. Elaborar, coordinar, controlar, supervisar y ejecutar los planes y proyectos de integración urbana realizados por el Organismo.
2. Entender en el estudio y la ejecución de las construcciones, instalaciones y obras de integración social y urbana que contemplen los aspectos de vivienda, mejoramiento habitacional, espacio público, apertura de calle, infraestructura de agua y cloaca, obras hidráulicas, pavimento, electricidad, conexiones intradomiciliarias, veredas, tendido eléctrico urbano, conexiones a internet, equipamientos comunitarios y cualquier tipo de obra de arquitectura o ingeniería necesaria para la urbanización integral de los barrios populares de la provincia de Buenos Aires de acuerdo con las Leyes N° 14.449 y N° 6.021.
3. Coordinar con los organismos competentes del sector público nacional, provincial, municipal, con las empresas en las que el estado nacional o provincial tuviera participación mayoritaria y con las organizaciones o entidades de bien público la implementación de proyectos de manera integrada que incluyan el estudio y la ejecución de construcciones, instalaciones y obras integración social y urbana.
4. Intervenir en la elaboración de convenios de asistencia técnica con organismos del sector público nacional, provincial y municipal, el sector privado, las organizaciones de la sociedad civil, así como con organismos internacionales, universidades nacionales y/o provinciales, destinados a la elaboración y diseño de planes y proyectos urbanos.
5. Intervenir en la implementación del sistema de indicadores de seguimiento y monitoreo de avances de obras y asesorar a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Monitoreo Estratégico en las cuestiones vinculadas a su competencia.
6. Asesorar a la Dirección Provincial de Control y Supervisión de Proyectos y Obras en el desarrollo de acciones de fiscalización e inspección de las construcciones, instalaciones y obras de integración social y urbana ejecutadas por el Organismo.
7. Entender en la implementación y seguimiento de los convenios para la integración urbana que se celebren con las organizaciones o entidades de bien público de los barrios populares de la provincia de Buenos Aires.