NOMBRE COMPLETO:
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/viviendaAcciones:
1. Llevar adelante las acciones necesarias de supervisión e inspección, según corresponda, de las obras que se ejecuten con financiamiento del Instituto a través de sus distintos programas de actuación. Quedarán exceptuadas aquellas obras del Instituto para las cuales el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano disponga una supervisión externa de las mismas.
2. Controlar que los trabajos sean realizados conforme los planes de trabajo y la documentación de obra aprobada, asegurando que todas las metodologías técnicas y/o materiales utilizados, se correspondan con las especificaciones técnicas contractuales.
3. Coordinar el trabajo de los Supervisores para las obras que se ejecutan por convenio y el de los Inspectores, para las obras que se ejecutan en el marco de la Ley 6021.
4. Establecer protocolos de actuación para organizar las tareas de supervisión e inspección, según corresponda.
5. Realizar las recepciones provisorias y definitivas para las obras que se ejecuten en el marco de la Ley 6021.
6. Articular con la Subsecretaria de Ejecución de Obras de Desarrollo Urbano y Vivienda del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, las acciones necesarias tendientes a potenciar las capacidades de fiscalización, control de la ejecución, y certificación del avance de las obras ejecutadas en el ámbito del Instituto.