NOMBRE COMPLETO:
GERENCIA ESCRITURARIA Y SOCIAL
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/viviendaAcciones:
1. Planificar, evaluar verificar y controlar los procedimientos de adjudicación, escrituración y conformación de consorcios en todas las viviendas y obras construidas y/o administradas por el Instituto, según las pautas vigentes para cada operatoria y organizar, coordinar e implementar las metodologías sobre las cuales se realizan dichos procedimientos.
2. Coordinar acciones tendientes a organizar los consorcios en los conjuntos habitacionales que se construyan de acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal, en ejercicio preparatorio a la implementación de dicha Ley.
3. Coordinar e implementar metodologías y sistemas de adjudicación de viviendas y organización de consorcios con los municipios que permitan la unificación y economía de esfuerzos, logrando eficiencia y celeridad en el accionar y proponer convenios para descentralización de los trabajos de adjudicación, organización de consorcios, control de ocupación, regularización y escrituración con los municipios.
4. Programar relevamientos sobre el estado ocupacional y financiero de las viviendas a fin de fiscalizar el cumplimento de las obligaciones asumidas por los adjudicatarios y promover la regularización de las situaciones anómalas que se verifiquen en las adjudicaciones y ocupaciones de efecto, tenencias, depositarios o comodatarios que no cumplen con las normas establecidas en las documentaciones respectivas, leyes y resoluciones vigentes.
5. Supervisar el funcionamiento del Registro Único de Postulantes de Viviendas y organizar y actualizar el Registro Único de Adjudicatarios en todos los complejos habitacionales construidos y/o administrados por el Organismo.
6. Organizar, promover e intervenir en la entrega de documentación a los adjudicatarios, de la documentación específica para la escrituración de viviendas, llevando registro por barrios de viviendas escrituradas, la inscripción dominial de las tierras donde se emplazarán conjuntos habitacionales y la incorporación al dominio del Instituto de todos los bienes que se transfieran o sean transferidos por éste.
7. Supervisar la planificación y el abordaje de la búsqueda de inmuebles y de suelo urbano o rural para el desarrollo urbano y de viviendas, en articulación con la Subsecretaría de Planificación y Seguimiento del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano.
8. Supervisar la atención y el seguimiento de las consultas y demandas realizadas por la ciudadanía con relación a las políticas habitacionales.
9. Supervisar la planificación, evaluación, verificación y control de los procedimientos de adjudicación, escrituración y conformación de consorcios, mensura, división y gestión de planos, en todas las viviendas y obras construidas y/o administradas por el Instituto, según las pautas vigentes para cada operatoria.