NOMBRE COMPLETO:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/habitatAcciones:
1. Programar, proyectar y desarrollar los proyectos urbanos, incluyendo los proyectos de vivienda, ingeniería urbana, equipamientos y otras obras complementarias, en el marco de las competencias de este Ministerio, desde la instancia de desarrollo del proyecto hasta el inicio de la obra.
2. Definir objetivos, estrategias, programas y lineamientos de política territorial y urbana para el mejoramiento del hábitat, identificando ejes problemáticos y potencialidades para el desarrollo urbano.
3. Realizar y/o promover las acciones de ordenamiento territorial y regularización dominial, vinculados a los proyectos que se desarrollen en este Ministerio, el Organismo Provincial de Vivienda (IPV) y el Organismo Provincial de Integración Social Urbana (OPISU).
4. Entender en la aplicación de la Ley N° 14.449, en virtud de las competencias asignadas al Ministerio en su carácter de Autoridad de aplicación de la misma con los alcances establecidos en el presente Decreto.
5. Coordinar, la obtención de las factibilidades ambientales, hidráulicas, de conexión a los servicios públicos, y/o todas aquellas necesarias para la materialización de los proyectos de obra a implementar, articulando, cuando se requiera, con las áreas u organismos competentes.
6. Promover la suscripción de convenios y/o programas de asistencia técnica-profesional y colaboración con las distintas esferas, nacional, provincial, municipal y universitarias, entidades de bien público, colegios profesionales y/u organizaciones internacionales y/oparticulares, de incumbencia acorde con sus competencias y según la situación lo requiera.
7. Elaborar y diseñar los planes que contemplen el acceso a la vivienda familiar de los sectores sociales de bajos recursos en todo el ámbito de la Provincia, coordinando acciones con otros organismos competentes e involucrados.