NOMBRE COMPLETO:
SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.snya.gba.gob.ar/Acciones:
1. Asistir a la Dirección Ejecutiva en la formulación de los programas y servicios requeridos para implementar la política de responsabilidad penal juvenil.
2. Garantizar el buen funcionamiento de los establecimientos, y las condiciones adecuadas de restricción y privación de libertad de los adolescentes y jóvenes alojados en ellos.
3. Coordinar con la Dirección Provincial de Educación del Organismo para lograr un efectivo acceso a la educación para los/as adolescentes y jóvenes bajo medida.
4. Elaborar los programas de formación y selección del personal técnico y profesional, a partir de los perfiles de aptitud necesarios para el desempeño laboral en los dispositivos de su dependencia, en coordinación con las áreas competentes.
5. Entender en la ejecución y coordinación del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, estableciendo la necesaria relación con el Poder Judicial, la Policía, los servicios penitenciarios, los municipios, las entidades no gubernamentales y cualquier otra persona u organización que correspondiere.
6. Diseñar los programas, servicios y medidas requeridos para implementar la Ley N° 13.634 que establece el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, tendiendo a la participación de la familia en el proceso de socialización de cada joven.
7. Entender en la ejecución de los programas, servicios y medidas de privación y restricción de libertad.
8. Fijar las pautas de funcionamiento y de supervisión de los establecimientos y/o instituciones públicas y/o privados y/o personas físicas que realicen acciones de prevención del delito juvenil y de ejecución de medidas restrictivas de la libertad.
9. Impulsar los procesos de reestructuración de las instituciones en base al principio de especialidad en materia penal juvenil.
10. Comunicar normas, planes y programas a los órganos y entidades integrantes del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil.
11. Fomentar la articulación de las acciones con el Sistema de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, para que los jóvenes bajo medida penal, cuya particular situación lo requiera, puedan acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad.
12. Coordinar las intervenciones de organización y supervisión de las actividades relacionadas con el ingreso, evaluación y derivación de los jóvenes con causas penales.
13. Dictar las pautas y procedimientos para la elaboración y presentación de informes a la autoridad judicial competente, dando cuenta de la evolución y resultados de la medida restrictiva o privativa de la libertad impuesta a cada joven procesado, y proponiendo en función de ello su continuidad, revisión, modificación o limitación.
14. Ejercer la representación en las distintas instancias en que sea requerido el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, especialmente en todo lo concerniente a la Ley N° 13.634.
15. Garantizar el acceso al sistema educativo de los jóvenes en conflicto con la ley penal como lo estipula la legislación provincial y nacional vigente.