NOMBRE COMPLETO:
Subsecretaría de Políticas contra las Violencias por Razones de Género
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/mujeresAcciones:
1. Planificar la intervención en materia de violencias de género, su prevención, abordaje y el diseño de políticas tendientes a su erradicación en la sociedad y en los poderes públicos.
2. Propender al cumplimiento de la aplicación de las normas federales y provinciales referidas al derecho humano a una vida libre de violencia de las mujeres y LGTBI+.
3. Entender en la planificación y elaboración participativa de políticas públicas y acciones dirigidas a la erradicación de las violencias por razones de género, entendidas en los términos definidos por la Ley N° 26.485.
4. Fomentar el debate público y contribuir, con la participación de la ciudadanía, en la desnaturalización de las violencias por razones de género.
5. Elaborar instrumentos de actuación y propuestas normativas para la prevención y abordaje de las violencias por razones de género.
6. Coordinar con los municipios políticas territoriales, locales y regionales tendientes a la prevención y erradicación de las violencias por razones de género en articulación con las Subsecretaría de Políticas Transversales.
7. Intervenir en la elaboración de políticas de prevención, asistencia y promoción contra las violencias por razones de género en el ámbito de la administración pública.
8. Articular políticas de prevención y erradicación de las violencias por razones de género con las organizaciones sociales y comunitarias.
9. Garantizar la implementación del Sistema Integrado de Políticas Públicas contra las Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires (SIPP), de acuerdo al Decreto N° 997/20.
10. Convocar y conducir la Mesa Intersectorial Provincial (MIP) contra las violencias por razones de género, de acuerdo al Decreto N° 997/20
11. Monitorear la Red de Dispositivos Territoriales de Protección Integral con asiento en la Provincia.
12. Participar y asistir a la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes en la implementación de la Ley N° 14.893 y su Decreto Reglamentario N° 121/20.
13. Planificar la intervención en situaciones de alto riesgo y de casos críticos.
14. Implementar acciones que permitan cumplir los acuerdos que emanen de la Mesa Permanente de Articulación de Políticas de Género y Diversidad Sexual entre los Poderes del Estado de la Provincia de Buenos Aires y el Consejo de Articulación de Políticas de Género Transversales en la Administración Pública Provincial, tendientes a garantizar el acceso a justicia y el derecho humano a una vida libre de violencias.
15. Coordinar con unidades académicas y universidades propuestas pedagógicas y de investigación para la planificación, diseño, evaluación y monitoreo de políticas acerca de las violencias por razones de género en articulación con la Dirección Provincial de Formación, Investigación y Políticas Culturales para la Igualdad.
16. Proponer convenios con otros organismos estatales, jurisdicciones, unidades académicas y/o instituciones de la sociedad civil, para prevenir y promover la erradicación de las violencias por razones de género.
17. Promover programas y proyectos destinados a la construcción de la memoria colectiva como herramienta de prevención de las violencias por razones de género.
18. Articular políticas de acceso a la justicia con el poder legislativo, judicial y organismos de la administración pública provincial para el abordaje de las situaciones de violencias por razones de género.
19. Intervenir emitiendo opinión sobre los proyectos normativos referidos a la prevención y erradicación de las violencias por razones de género a solicitud de la autoridad competente.