NOMBRE COMPLETO:
Subsecretaría de Turismo
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/produccionAcciones:
1. Determinar la política turística como generadora de desarrollo productivo local y regional fomentando el cuidado de los recursos y atractivos a través de una política sustentable.
2. Gestionar la planificación de proyectos tendientes al desarrollo de la oferta turística provincial.
3. Promover el desarrollo de un turismo de calidad, fomentando la conservación, protección y aprovechamiento de los recursos, atractivos, destinos y servicios turísticos naturales y culturales de la Provincia.
4. Diseñar políticas de diferenciación y posicionamiento turístico, y establecer estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo entre demanda y oferta turística, en coordinación con el sector privado y otros organismos competentes.
5. Promover estrategias institucionales para el fomento y prestación del turismo social, impulsando acciones relativas a la prestación de servicios turísticos para grupos específicos como niños, adultos mayores, personas con discapacidad y vulnerables de la Provincia, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad.
6. Promover estrategias institucionales para el fomento y prestación de servicios turísticos en el marco de actividades culturales y educativas, en coordinación con la Dirección General de Cultura y Educación y la Subsecretaría de Industrias Creativas.
7. Gestionar la creación y mantenimiento de las relaciones institucionales con las organizaciones internacionales, regionales, nacionales, provinciales y municipales, públicas o privadas, así como con diversas asociaciones civiles referidas y/o relacionadas a la actividad turística.
8. Generar las actividades de difusión y promoción turística de la Provincia en el país y en el exterior.
9. Definir aspectos referidos a la competitividad turística comprendiendo los estudios y análisis del mercado en la materia.
10. Actuar en representación de la Provincia frente al Consejo Federal de Turismo y/o ante cualquier otra modalidad de interacción tendiente al desarrollo del turismo en la Provincia de Buenos Aires.
11. Otorgar la categoría de los servicios turísticos de las empresas en el ámbito provincial, según la normativa que rige en la materia.
12. Representar en el caso que así lo requiera al Poder Ejecutivo en el Consejo Provincial de Turismo.
13. Administrar las Unidades Turísticas Fiscales relacionadas con la actividad turística.
14. Entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley 14.209 y sus modificatorias.
15. Intervenir en las relaciones del Poder Ejecutivo con la Administración de Punta Mogotes (A.P.M) instituida por Ley 10.233.
16. Fomentar el desarrollo de Destinos Turísticos Inteligentes (o Smart Destinations) como espacio turístico innovador, accesibles.
17. Fomentar el turismo como una actividad estratégica para el crecimiento y desarrollo provincial, contribuyendo fundamentalmente al fortalecimiento de las economías regionales
18. Ampliar, orientar y fomentar la inversión privada, generando condiciones de competitividad que favorezcan la repatriación de capitales nacionales y la captación de inversión extranjera directa para turismo, priorizando sitios no tradicionales cuyo desarrollo se considere prioritario.
19. Innovar en el desarrollo de políticas formativas integrales tendientes a incrementar la actualización profesional y la inserción productiva.
20. Fortalecer los programas de turismo responsable basados en el acceso al turismo, protección de la niñez, empoderamiento de la mujer, preservación y fortalecimiento de la cultura regional y de los pueblos originarios, asegurando las condiciones de accesibilidad y calidad turística.