Datos del Organismo

NOMBRE COMPLETO:

Dirección Provincial de Gestión y Recupero de Créditos Fiscales

TIPO DE ADMINISTRACIÓN:

Centralizada

Acciones:

  1. Organizar, centralizar, sistematizar y coordinar las gestiones necesarias para la determinación y recupero de los diversos créditos fiscaleIFs-2o0r2ig4i-n0a3d8o6s890e7n-GlaDsEBdAis-tDinAtaJsMEárCeOaNs GyP organismos que funcionan en la órbita del Ministerio, y de las distintas reparticiones ministeriales, secretarías y organismos de la administración provincial, centralizada y descentralizada en el marco de lo dispuesto en la normativa legal, reglamentaria o convencional pertinente.
  2. Asistir al/la Ministro/a, Subsecretario/a o funcionario/a en quien este delegue tal facultad, en todos los trámites y actuaciones referentes a la propuesta de apoderados/as fiscales al Señor/a Fiscal/a de Estado, coordinando su accionar con el mencionado Organismo establecido en la Constitución, especialmente, en la etapa de ejecución de créditos fiscales por vía de apremio.
  3. Dictaminar acerca de la oportunidad, mérito y conveniencia de llevar adelante la ejecución de los créditos que se determinen, en el ámbito de su competencia, interviniendo en la etapa de determinación de la deuda y emisión de títulos.
  4. Supervisar la aplicación del Sistema Informático de Recupero de Créditos Fiscales.
  5. Elaborar, a requerimiento de la superioridad, informes de gestión referentes al estado y cobro de los créditos fiscales del Ministerio y demás organismos que funcionen en su órbita o que resulten de su incumbencia.
  6. Organizar el relevamiento de información y/o actuaciones de otras áreas y/u organismos públicos y/o privados, nacionales, provinciales y/o municipales, sistematizando la misma y estableciendo los requerimientos para el desarrollo de los sistemas informáticos que fueran necesarios.
  7. Propiciar la celebración de convenios con el Estado Nacional, Municipios, Universidades Nacionales y/o Provinciales y/o Organismos Nacionales, Provinciales e Internacionales y/o Organizaciones no gubernamentales y empresas privadas, estableciendo mecanismos de colaboración, información y asistencia para el mejor cumplimiento de sus fines.
  8. Requerir cuando lo estime pertinente a los organismos establecidos en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y a la Asesoría General de Gobierno, las intervenciones que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines, sin perjuicio del cumplimento de las demás intervenciones que por Ley les corresponda.
  9. Intervenir en lo referente a desistimientos, quitas, moratorias y planes de regularización de conformidad a lo que disponga la normativa pertinente.
  10. Proponer y elaborar proyectos de normativa relacionada con los regímenes de moratorias y/o planes de pago, para la regularización de los distintos créditos fiscales originados en las distintas áreas y organismos que resulten de incumbencia de la Dirección Provincial con intervención de la/s área/s bajo su órbita.
  11. Estudiar, proponer y promover, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la normativa fiscal pertinente, la adecuación y/o correlación, si correspondiera, de la legislación provincial en el ámbito de su competencia.                                    
  12. Organizar e impulsar cursos de capacitación vinculados a la temática para funcionarios provinciales, municipales, organizaciones intermedias y la comunidad en general, en coordinación con los organismos competentes.

Autoridad en el cargo

NOMBRE COMPLETO:

SASTRE, Agustín Alberto

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BO:

Información Institucional

FECHA DE CREACIÓN:

FUNDAMENTO NORMATIVO:

Decreto 983/2021

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BO:

03/11/2021

NORMATIVA DE ESTRUCTURA:

NormativaFecha de publicacíón en el BO
Decreto 160/2024
Decreto 983/202103/11/2021