NOMBRE COMPLETO:
Dirección de Áreas Institucionales y de Seguridad
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/economiaAcciones:
1. Intervenir en el proceso de formulación presupuestaria correspondiente de/del:
a. Poder Judicial, tanto a la Administración de Justicia cuanto al Ministerio Público;
b. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
c. Ministerio de Seguridad;
d. Patronato de Liberados Bonaerense;
e. Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
f. Ministerio de Gobierno;
g. Ministerio de Comunicación Pública;
h. Consejo de la Magistratura;
i. Contaduría General de la Provincia;
j. Tesorería General de la Provincia;
k. Fiscalía de Estado;
l. Honorable Tribunal de Cuentas;
m. Asesoría General de Gobierno;
n. Créditos presupuestarios específicos de la Gobernación;
o. Secretaría General;
p. Coordinación General Unidad Gobernador;
q. Junta Electoral;
r. Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS);
s. Organismo Provincial de Integración Social y Urbana;
t. Defensoría del Pueblo;
u. Cuentas especiales y fondos fiduciarios que dependan institucionalmente de los organismos antes enumerados;
v. Cualquier otra área del Estado Provincial con competencia en materia de justicia, organización institucional y seguridad.
2. Analizar los anteproyectos de presupuesto de las jurisdicciones y entidades enumeradas en el apartado anterior; la apertura de las diferentes categorías de programas, el gasto asociado a ellas y su fuente de financiamiento, y la compatibilidad de los requerimientos efectuados con las normas y metodologías presupuestarias vigentes.
3. Elaborar el proyecto de Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de las jurisdicciones y entidades enumeradas en el apartado 1) proveyendo de los datos tendientes a su consolidación a la Dirección de Consolidación, Evaluación y Normas Presupuestarias.
4. Analizar la programación presupuestaria y eventuales reprogramaciones, de las jurisdicciones y entidades enumeradas en el apartado 1), proponer las adecuaciones correspondientes a la Dirección Provincial de Presupuesto Público, consolidar dicha programación en coordinación con la Dirección de Áreas Sociales y con la Dirección de Áreas Económicas, de Producción y de Infraestructura y Servicios Públicos, suministrar al sistema de presupuesto, una vez aprobadas, las cuotas periódicas de ejecución, y efectuar el seguimiento de la misma.
5. Analizar las solicitudes de modificación de créditos presupuestarios efectuadas por las jurisdicciones y entidades enumeradas en el apartado 1), elevarlas a consideración de la Dirección Provincial de Presupuesto Público con las alternativas que pudieren existir.
6. Mensurar los costos asociados a las estructuras organizativas de la Administración Pública Provincial con competencia en las materias enumeradas en el apartado 1).