NOMBRE COMPLETO:
Dirección General de Autorizaciones de Pago
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
http://www.cgp.gba.gov.ar/Acciones:
1. Autorizar todo trámite de pago que deba operarse por intermedio de la Tesorería General de la Provincia y controlar la documentación que avale u origine dicho egreso.
2. Asesorar como así también evacuar consultas emanadas de los Organismos y/o Dependencias de la Administración Provincial; en materia de pagos que deban cancelarse por intermedio de la Tesorería General de la Provincia.
3. Organizar, motivar, coordinar y verificar las tareas de control que se efectúan en relación a los expedientes que se remiten en pago por la Tesorería General de la Provincia.
4. Determinar metodologías y criterios de trabajo de la Dirección General.
5. Propiciar, de corresponder, con la Dirección General Centro de Sistemas e Informática modificaciones en el Sistema Integral de Gestión y Administración Financiera (SIGAF-PBA), con el fin de facilitar la gestión operativa de esta Dirección General y brindar información para la toma de decisiones.
6. Asignar los recursos humanos a fin de optimizar los rendimientos laborales, coordinando entre las diferentes direcciones y subdirecciones las prioridades de la Dirección General.
7. Organizar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.
8. Analizar los resultados de la gestión laboral y proponer si fuese necesario modificaciones entre las diferentes áreas.
9. Intervenir en las actuaciones por pago de capital e intereses de la Deuda Pública.
10. Controlar y autorizar los expedientes que se remitan al pago por la Tesorería General, originados en el suministro de bienes y/o servicios verificando la aprobación del gasto por autoridad competente, el cumplimiento en tiempo y forma del contrato y la aplicación de multas en caso de corresponder.
11. Controlar y autorizar los expedientes por los cuales se tramitan pagos por la Tesorería General, originados en la ejecución de la obra pública, verificando el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones contractuales establecidas en la Ley de Obras Públicas.
12. Controlar y autorizar la liquidación de entrega de fondos, incluidos los imputados al Inciso 1 - Erogaciones en Personal; como así también aquellos expedientes por los cuales tramitan pagos a empresas de servicios públicos y pagos a diversos organismos nacionales, provinciales y municipales.
13. Velar por el cumplimiento de las normas, procedimientos y sistemas relativos a todo trámite de pago que deba operarse por intermedio de la Tesorería General de la Provincia.
14. Prestar al Secretario de Contabilidad y Control de Gestión asistencia inmediata en el desempeño de sus funciones.