NOMBRE COMPLETO:
DIRECTORIO (IOMA)
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.ioma.gba.gob.ar/Acciones:
1.Elegir de entre sus miembros, en la sesión constitutiva un (1) vicepresidente para reemplazo eventual o transitorio del Presidente;
2. Representar en juicio a la entidad como demandante o demandado y hacer transacciones judiciales o extrajudiciales para lo cuál otorgará los poderes que estime convenientes;
3. Administrar los bienes del I.O.M.A., llevando el inventario general de los mismos;
4. Celebrar toda clase de contratos:
5. Elevar al Poder Ejecutivo el presupuesto de gastos y cálculo de recursos, indicando las modificaciones necesarias en los porcentajes de aportes, y una memoria anual;
6.Convenir las prestaciones asistenciales y sus aranceles. Los aranceles serán los convenidos con las distintas entidades representativas de los profesionales y los establecidos, en el Decreto-Ley 5.413/58:
7. Establecer los montos, proporción y demás modalidades para cada una de las prestaciones que se atiendan;
8. Sancionar, previo sumario, a los afiliados, profesionales y servicios adheridos sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 73 del Código de Procedimiento en lo Penal. Las sanciones serán publicadas en el Boletín Oficial y la prensa de las localidades respectivas(**).