NOMBRE COMPLETO:
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS DE GÉNERO Y ESTRATEGIAS INCLUSIVAS
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
Acciones:
1. Diseñar políticas públicas de transporte, incorporando criterios de inclusión y políticas de género.
2. Proponer buenas prácticas de accesibilidad e inclusión en la diversidad a las dependencias ministeriales competentes.
3. Promover en el ámbito del Ministerio, la permanente transformación de los patrones culturales de conductas con miras a la eliminación prejuicios y practicas consuetudinaria contra las mujeres y diversidades sexuales.
4. Promover planes que tiendan a corregir los desequilibrios de género y las desigualdades en los sistemas de transportes provinciales en coordinación con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, u órgano que en el futuro lo reemplace.
5. Adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la eliminación de la discriminación y estigmatización en todas sus formas en coordinación con las áreas competentes en la materia.
6. Asesorar a las áreas del Ministerio que diseñan las políticas públicas de transporte, en lo relativo a la incorporación de criterios de accesibilidad, inclusión y desarrollo sustentable, tanto en la planificación como en la gestión de los sistemas de transporte y en la articulación interjurisdiccional.
7. Colaborar en el diseño de políticas, planes y programas relacionados con los diferentes sistemas de transporte, y realizar sugerencias de adecuaciones a la Ley de Tránsito N° 13.927 con el fin de incorporar aspectos relativos a accesibilidad, inclusión y desarrollo sostenible.
8. Participar en la elaboración, ejecución y coordinación de políticas de alcance nacional en el marco del Plan Provincial de Transporte, como así también en los Programas de Transporte en materia de inclusión, accesibilidad, género y desarrollo sostenible en el transporte.
9. Participar en la definición de las compensaciones tarifarias y el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), con el objetivo de generar políticas inclusivas destinadas a las personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes y toda población que requiera de asistencia para el acceso al transporte.
10. Intervenir en los procedimientos de cooperación, convenios y acuerdos, en materia de su competencia, con organismos tanto públicos como privados, incluyendo escuelas técnicas, universidades e instituciones académicas de trayectoria, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; nacionales, internacionales y mixtas, a fin de obtener o brindar asesoramiento y/o asistencia técnica para el cumplimiento de los objetivos del área.
11. Entender en la organización y desarrollo de capacitaciones de personal y actividades de concientización, en materia de su competencia, ofrecidas tanto en el ámbito de la Jurisdicción y los organismos actuantes en su órbita, como así también a los actores que conforman el sistema de transporte público y privado, nacional e internacional.
12. Participar en reuniones de consultas técnicas, talleres, congresos, seminarios, tanto nacionales- como internacionales, vinculados a la materia de su competencia.
13. Participar, junto con la Unidad de Prensa, Difusión y Relaciones Institucionales, la difusión de los mensajes integrales de accesibilidad, inclusión y diversidad.
14. Asistir en la implementación del Pase Libre Multimodal, establecido en la Resolución N° APT 130/14 y Resolución STT N° 55/20, y en el otorgamiento de la franquicia tarifaria establecida el art. 22 de la Ley N° 10.592 “Régimen jurídico básico e integral para las personas con discapacidad” y en la Ley N° 26.928 “Régimen de Protección Integral para Personas Trasplantadas”, o normas que en el futuro las reemplace.