NOMBRE COMPLETO:
DIRECCIÓN DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/transporteAcciones:
1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas, planes y programas referidos al transporte ferroviario provincial de pasajeros.
2. Participar en la propuesta, evaluación y revisión del Plan Provincial de Transporte, en el ámbito de su competencia.
3. Coordinar estudios para la actualización de los seguros y el régimen tarifario en el ámbito de su competencia.
4. Entender en la elaboración de la normativa referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de conducción en el ámbito de su competencia.
5. Elaborar y proponer políticas sobre permisos y/o concesión de explotación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros bajo jurisdicción provincial.
6. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte ferroviario urbano, suburbano e interurbano de pasajeros en jurisdicción provincial.
7. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones, así como también, intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
8. Participar de las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones con autoridades de transporte ferroviario, provinciales o de otras jurisdicciones, así como en la celebración de acuerdos y/o convenios con organismos y/o entidades a fin de obtener asesoramiento y/o asistencia técnica para el cumplimiento de los objetivos del área.
9. Intervenir en toda actuación relacionada con programas o proyectos de carácter provincial, así como en la realización de estudios en el ámbito de su competencia.
10. Participar en la interacción con otras áreas competente del Ministerio para la utilización de la información que produzca el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), y los sistemas de supervisión y control que se implementen respecto de las compensaciones tarifarias al transporte ferroviario de pasajeros bajo jurisdicción provincial.