NOMBRE COMPLETO:
DIRECCIÓN DE REGISTROS Y OPERATIVOS
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
Acciones:
1. Confeccionar y mantener actualizado un registro de normas urbanas de orden nacional, provincial y municipal.
2. Diseñar y mantener actualizado el Registro de beneficiarios de Políticas sociales en materia de hábitat.
3. Diseñar e implementar operativos censales con el objeto de mantener actualizados los Registros de Demanda Habitacional, Villas y Asentamientos Precarios y el de Organizaciones No Gubernamentales.
4. Mantener actualizado el Registro Provincial de tierras aptas para el establecimiento y radicación de familias de escasos recursos, evaluando su estado urbano y dominial, aptitudes y potencialidades, coordinando acciones con otros organismos competentes e involucrados.
5. Organizar y mantener actualizado el Registro Provincial de Organizaciones No Gubernamentales y el Registro Provincial de Villas y Asentamientos Precarios que fueron aprobados por el Decreto N° 1.062/13 y modificatorios, reglamentario de la Ley N° 14449.
6. Diseñar, dirigir, implementar y supervisar el funcionamiento de los sistemas censales relativos a la conformación del Registro Público Provincial de Villas y Asentamientos Precarios de la Provincia de Buenos Aires.
7. Suministrar información a las áreas competentes sobre la actualización del Registro Público Provincial de Villas y Asentamientos Precarios para la elaboración de Planes de intervención socio-urbana.
8. Administrar un Sistema de Información Georreferenciado de la situación urbano habitacional de la Provincia de Buenos Aires.
9. Implementar y supervisar un censo de demandantes de unidades en alquiler por municipio.
10. Diseñar, dirigir, implementar y supervisar el funcionamiento de un registro de viviendas vacantes, obsoletas u ociosas en colaboración con las oficinas municipales y provinciales.
11. Planificar y aplicar mecanismos que garanticen la efectiva participación de los ciudadanos y de las Organizaciones No Gubernamentales en acciones de Integración Socio-Urbana de Villas y Asentamientos Precarios.
12. Coordinar con las áreas intervinientes del Ministerio, el desarrollo, la implementación y el financiamiento de planes, programas y proyectos a escala municipal en materia de hábitat.