NOMBRE COMPLETO:
Dirección de Regulación Jurídica
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/infraestructuraAcciones:
1. Participar en la realización de análisis, informes, estudios y proyectos en el área jurídica de la regulación del servicio público de distribución de energía eléctrica.
2. Atender el despacho de los actos de alcance general y particular que se sometan a consideración de la Dirección Provincial.
3. Relevar y mantener actualizada la información y normativa en materia regulatoria del servicio público de distribución de energía eléctrica a efectos de proponer modificaciones y propiciar normas que respeten el principio de progresividad de derechos.
4. Asesorar y analizar, desde el punto de vista jurídico, acerca del alcance e interpretación del marco legal aplicable al servicio público.
5. Verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente, recabando dictámenes de las áreas respectivas para su elevación a la Dirección Provincial en los actos dictados por el/la Subsecretario/a y/o por el/la Ministro/a de Infraestructura y Servicios Públicos.
6. Elaborar dictámenes jurídicos sobre las materias de su competencia y resolver recursos presentados contra los actos administrativos que propicie, interpretando las cláusulas de los contratos de concesión y normativa aplicable y vigente.
7. Participar en el establecimiento y propuesta de procedimientos eficaces que garanticen la defensa de las personas usuarias previendo la participación de las asociaciones de usuarios que se encuentren registradas conforme a la normativa vigente, en conjunto con las áreas pertinentes del OCEBA.
8. Estudiar, analizar, proponer y coordinar acciones tendientes al logro de un mayor acceso a servicios públicos esenciales, propendiendo a la universalidad.
9. Intervenir en los aspectos jurídicos del desarrollo y promoción de las energías renovables y la eficiencia energética.
10. Evaluar y tramitar la realización de las revisiones tarifarias integrales y la renovación de los periodos de gestión, en materia de su competencia.
11. Participar en la celebración de convenios y acuerdos con fines de colaboración técnica, cooperación, estudio, proyecto, investigación, desarrollo, asistencia y capacitación con universidades, entes y organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, en materia del servicio público de distribución de energía, en coordinación con las áreas provinciales competentes en la temática.
12. Participar en el otorgamiento y/o renovaciones de las licencias técnicas y de concesiones del servicio público de electricidad, en conjunto con otras áreas, cada uno en el marco de sus atribuciones.
13. Propiciar los actos administrativos de pago mensual referido a la Tarifa Social Eléctrica y a la bonificación de Clubes de Barrio y Pueblo y Asociaciones Civiles, Personas Víctimas de Violencia de Género, Bomberos Voluntarios y/o las que en el futuro se determinen.
14. Propiciar planes de regularización de los agregados tarifarios y el seguimiento de los planes, realizando intimaciones, notificaciones e intercambio de información con Provincia Fideicomisos Sociedad Anónima Unipersonal (como administrador fiduciario del Fondo de Innovación Tecnológica de Buenos Aires) y el Organismo de Control de Energía Eléctrica de Buenos Aires para la tramitación de sumarios.
15. Intervenir en las audiencias públicas que se convoquen.